miércoles, 17 de agosto de 2011
depositos aduaneros
¿Qué son los depósitos aduaneros? RTA/ son lugares donde depositan la mercancía que no requiere de un pago de impuestos hasta el momento que estas sean trasportadas a otro lugar.
¿Cuáles son las clases de depósitos aduaneros?- depósitos públicos - depósitos privados -deposito privado transitorios -deposito privado para transformación o ensamble -deposito privado para procesamiento industrial-deposito privados para distribución internacional
¿Explique cada tipo de depósito?
- depósitos públicos: tiene como fin almacenar mercancías bajo control aduanero de cualquier usuario del comercio exterior. - depósitos privados: tiene como fin almacenar las mercancías a la persona jurídica que figura como titular de la habilitación y este destinadas en el documento en el documento de trasporte a dicho depósito. -deposito privado transitorios: estos serán habilitados por la aduna y la DIAN son depósitos transitorio en jurisdicción por circunstancias o necesidades temporales de almacenamiento, este solo podrán otorgarse de carácter privado, a personas jurídicas. -depósito privado para transformación o ensamble: son habilitados por la DIAN para el almacenamiento de mercancías de importación que van hacer sometidas a transformación o ensamble, la mercancía solo puede estar en este lugar por 15 días, contados a partir de la llegada. -depósito privado para procesamiento industrial: son habilitados por la DIAN para almacenar materias primas que serán sometidos a la transformación, por parte de personas jurídicas inscritas como usuarios aduaneros. -deposito privados para distribución internacional: son habilitados por la DIAN a usuarios aduaneros permanentes, para toda la organización de las mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque en termino máximo de un año.
¿Cuáles son las obligaciones de los depósitos? RTA/ -recibir , custodiar y almacenar únicamente mercancías que puedan permanecer en sus recintos -recibir , custodiar y almacenas las mercancías sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de transbordo -registrar en el sistema aduanero la información relacionada c0on le recepción de la carga para su custodia -observar las medidas que la autoridad aduanera señale para asegurar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras -contar con los equipos necesarios para el cargue_disponer de las áreas necesarias para la inspe4ccion física de mercancías_permite el reconocimiento físico de las mercancías por parte de las sociedades de intermediación aduanera_mantener claramente los grupos de mercancías como los que ese encuentren en proceso de importación, proceso de exportación bajo la modalidad e transbordo -llevar registros de entrada y salida de mercancías conforme requerimientos y condiciones que indica la DIAN -reportar irregularidades que se presenten y suministra la información que la autoridad aduanera solicite-almacenar y custodiar las mercancías abandonadas y de4comisadas en sus recintos
¿Cuáles son las responsabilidades de los depósitos? RTA/ los depósitos serán responsables ante la nación por sanciones que haya por el incumplimiento de normas aduaneras -los depósitos habilitados serán responsables ante la DIAN por pago de tributos aduaneros de mercancías sustraídas o perdidas en sus recintos
Encontraran una serie de usuarios aduaneros, según el código de calidad diga qué tipo de contribuyente es, si tiene resolución y explique con sus palabras cada uno.
01) Agente de carga internacional: es tipo de contribuyente jurídico y tiene resolución. Es una persona jurídica que tiene como objeto social la consolidación y des consolidación de carga internacional, estos usuarios no pueden ser sociedades de intermediación aduanera, ni depósitos públicos o privados
02) Agente marítimo: es un tipo de contribuyente jurídico y natural, y no tiene resolución. Persona natural o jurídica que es representante en Colombia del propietario armado extranjero de un buque, su función es adelantar los tramites de ingreso o salida de un buque, disponer la provisión y abastecimiento de servicios que necesite.
03) Almacén general de depósito: es un tipo de contribuyente jurídico con resolución. Es una persona jurídica que esta bajo el control y la vigilancia de la superintendencia bancaria, esta persona es habilitada por la dirección de impuestos y aduanas para que cumpla labores de almacenamiento de mercancías de cualquier usuario de comercio exterior. Estos podrán actuar como sociedades de intermediación aduanera con autorización de los entes requeridos y tienen las mismas obligaciones que los depósitos aduaneros
04) Comercializadora internacional (C.I): es contribuyente jurídico con resolución. Persona jurídica, que tiene como objetos social el de servir como instrumento de apoyo a las exportaciones de productos colombianos, para lo cual se requiere contar con la inscripción anre el ministerio de comercio, industria y turismo o la autorización de la dirección de impuestos y aduanas nacionales
05) Comerciante de la zona aduanera especial de Inírida, Puerto Carreño, Cumaribo y primavera: es contribuyente jurídico y natural y no tiene resolución. Es una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que cuenta con la calidad de comerciante domiciliado en zona de régimen aduanero especialmente en los lugares mencionado en el enunciado.
06) Comerciante zona aduanera especial Leticia: es contribuyente jurídico y natural y no tiene cuenta con resolución. Es una persona natural o jurídica, nacional o extranjera que cuente con calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen especial de Leticia.
07) Comerciante zona aduanera especial Maicao Uribía y Manaure: es contribuyente jurídico y natural y no cuenta con resolución. Es una persona jurídica o natural, nacional o extranjera domiciliada en la zona de régimen aduanero especial de los lugares mencionados en el enunciado.
08) Comerciante zona aduanera especial Uraba, Tumaco y Guaipi: es contribuyente jurídico y natura y no cuenta con resolución. Es una persona natura o jurídica, nacional o extranjera, con calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de uraba, tumaco y guaipi,
09) Comerciante puerto libre San Andrés, Providencia y Santa Catalina: es contribuyente jurídico y natural, y no cuenta con resolución. Es una persona jurídica o natural, nacional o extranjera con calidad de comerciante domiciliado en el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
10) Deposito público de apoyo logístico internacional: es un contribuyente tipo jurídico con resolución. Es una persona jurídica que habilita la dirección de impuestos y aduanas nacionales en un lugar en los puertos de servicio publico, para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero, de cualquier usuario de comercio exterior.
11) Depósito franco: es un contribuyente tipo jurídico con resolución. Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar ubicado dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional, para el almacenamiento, exhibición y venta a viajeros al exterior de mercancías nacionales o extranjeras.
12) Depósito privado aeronáutico: es un contribuyente tipo jurídico con resolución. Es una persona jurídica nacional de trasporte aéreo regular y/o carga a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar para el almacenamiento de material aeronáutico que venga consignado a dichas empresas.
13) Deposito privado de provisiones a bordo para consumo para llevar: es una persona jurídica de trasporte aéreo y marítimo internacional para funcionar en el país, a la cual la dirección de impuestos y aduanas nacionales habilita un lugar en las instalaciones de aeropuertos o puestos marítimos con operación internacional, para almacenar mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de tripulación de naves o aeronaves.
14) Deposito privado para envíos urgentes: es una persona jurídica con calidad de empresa de transporte internacional con licencia del ministerio de comunicaciones para poder ejercer mensajería especializada , debe ser un intermediario de la modalidad de envíos urgentes y no podrán tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera
15) Deposito público para distribución internacional: es la persona jurídica a la cual la dirección de impuestos y aduanas nacionales le habilita un lugar en puertos libres para el almacenamiento de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque.
16) Exportador de café : persona natural o jurídica, que realiza operaciones de exportación de café y que se encuentra inscrito como tal ante el misterio de comercio, industria y turismo.
17) Exportador: persona natural o jurídica que realiza operaciones de exportaciones de bienes o servicios con destino a otros países o a zona franca industrial de bienes y servicios.
18) Importador: persona natural o jurídica que realiza operaciones de importación de bienes o servicios desde otros países o desde zona franca industrial de bienes y servicios.
19) Intermediario de trafico postal y envíos urgentes: la persona jurídica con licencia del ministerio de comunicaciones para realizar operaciones de mensajería y autorizada por la ( DIAN), para desarrollar la actividad como intermediario en la modalidad dd trafico postal y envíos urgentes.
20) Operador de transporte multimodal: este lo otorga la DIAN para realizar operaciones de trasporte multimodal de carga por le territorio aduanero nacional. No puede tener depósitos aduaneros.
21) Sociedad de intermediación aduanera: es un persona j jurídica autorizada por la DIAN para ejercer la actividad de intermediación aduanera en las operaciones de importación, exportación y transito aduanero.
22) Titular de puertos y muelles de servicio publico o privado: es un persona jurídica poseedora de concesión para operar puertos muelles marítimos o fluviales de servicio publico o privado, habilitada por la DIAN para el manejo de las operaciones de entrada y salida de carga del territorio aduanero nacional.
23) Transporte aéreo régimen de importación y/o exportación: es un persona natural o jurídica, organizada en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal.
24) Transportista nacional para operaciones del régimen de transito aduanero: es una persona jurídica cuyo objetivo es el trasporte de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, la cual esta autorizada por la DIAN .
25) Usuario comercial zona franca: es una persona jurídica que es autorizada por la DIAN para desarrollar las operaciones de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes en zona franca.
26) Usuario industrial de bienes: es un persona jurídica instalada exclusivamente en una o varias Zonas Francas, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.
27) Usuario industrial de servicios zona franca: es una persona jurídica autorizada para desarrollar la logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, re empaque, envase, etiquetado o clasificación; telecomunicaciones, sistemas de tecnología de la información para captura, procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos, y organización, gestión u operación de bases de datos; Investigación científica y tecnológica; asistencia médica, odontológica y en general de salud; turismo; reparación, limpieza o pruebas de calidad de bienes; soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, naves, aeronaves o maquinaria; auditoria, administración, corretaje, consultoría o similares.
28) Usuario operador de zona franca: es una persona jurídica autorizada por el ministerio de comercio, industria y turismo o por la DIAN para dirigir administrar, supervisar, promocionar y desarrollar una o varias Zonas Francas, así como para calificar a sus usuarios.
29) Usuarios aduanero permanente: Persona jurídica autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones aduaneras
30) Usuario altamente exportador: Persona jurídica autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones de exportación.
31) Usuario de zonas económicas especiales de exportación: Persona jurídica de cualquier nacionalidad que celebre con el gobierno nacional contrato de admisión a la zona; así mismo la persona jurídica nacional o extranjera, legalmente establecida en Colombia
32) Deposito privado de instalaciones industriales: Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar, para almacenar bajo control aduanero mercancías a las cuales se efectuarán los procesos de reparación y acondicionamiento dentro de la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital
33) Beneficiarios de programas especiales de exportación PEX: Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza como beneficiario de los programas especiales de exportación, en calidad de productor nacional y/o productor-exportador del bien final
34) Depósitos privados para mercancías en tránsito San Andrés: Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar en el territorio del puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para almacenar bajo control aduanero mercancías en tránsito que vengan consignadas o endosadas en el documento de transporte al titular de la habilitación, con el fin de ser embarcada a otros puertos nacionales o extranjeros.
35) Observadores de las operaciones de importación: Persona natural a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza para apoyar técnicamente la administración aduanera en las diligencias de inspección previas al levante.
36) Usuarios sistemas especiales Importación exportación: Persona natural o Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le autoriza para desarrollar programas especiales de importación-exportación bajo la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo.
37) Importador de textiles y calzado: Persona natural o jurídica autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para importar materias textiles y sus manufacturas y calzado y sus partes, clasificables por los capítulos 50 al 64 del arancel de aduanas.
38) Transportador marítimo régimen de importación y/o exportación: Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera
39) Transportador terrestre régimen de importación y/o exportación: Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera.
40) Aeropuerto de servicio público o privado: Persona jurídica administradora o poseedora de concesión para operar aeropuertos de servicio público o privado, habilitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el manejo de la operación de entrada y salida de carga al o desde el territorio nacional.
41) Transportador fluvial régimen de importación y/o exportación: Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte fluvial de carga.
42) Usuario industrial de zona franca especial: Es la persona jurídica instalada exclusivamente en una zona franca, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semi-elaborados.
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